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Legislación: la Ley 5/2014 y la validez legal de nuestros informes

La diferencia entre una prueba decisiva y un papel inservible está en la ley. Aquí te explicamos qué regula la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, qué puede hacer un detective habilitado y por qué nuestros informes llevan décadas superando el examen de los tribunales.

Qué regula la Ley 5/2014 de Seguridad Privada

La investigación privada en España no es un territorio gris: está regulada de forma estricta por la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y su normativa de desarrollo. La ley reserva en exclusiva a los detectives privados la realización de averiguaciones sobre conductas o hechos privados por encargo de terceros, define los requisitos para ejercer la profesión, impone la obligación de secreto profesional y somete toda la actividad al control del Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional.

Esta regulación es una garantía para ti como cliente: significa que quien investiga tu caso responde ante la Administración, está sujeto a un régimen sancionador y trabaja con reglas claras sobre lo que puede y no puede hacer.

Quién puede ejercer como detective privado

Solo puede ejercer quien cuente con la habilitación del Ministerio del Interior, obtenida tras acreditar formación universitaria específica en investigación privada y superar los requisitos legales, e inscrita en el Registro Nacional de Seguridad Privada (RNSP). Cualquier persona que ofrezca servicios de investigación sin esa habilitación actúa de forma ilegal, por mucho que se anuncie en internet.

Unipol: licencia RNSP 10.260. Somos detectives habilitados por el Ministerio del Interior y la agencia decana de Málaga, en activo desde 1963. Puedes conocer nuestra historia en Sobre Unipol.

Qué puede hacer un detective… y qué no puede hacer jamás

La eficacia de una investigación depende de su legalidad. Estos son los límites, sin letra pequeña:

  • Sí puede: realizar vigilancias y seguimientos en espacios públicos y abiertos al público; obtener fotografías y vídeo en esos espacios; verificar datos, horarios, rutinas y relaciones; localizar personas y bienes; elaborar informes con valor probatorio sobre lo observado.
  • No puede: interceptar llamadas o mensajes, acceder al móvil, correo o redes sociales de otra persona, instalar dispositivos de escucha, grabar en domicilios o espacios privados, hacerse pasar por policía o funcionario, ni investigar delitos perseguibles de oficio, que corresponden en exclusiva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Quien te prometa «acceder al WhatsApp» de alguien no te está ofreciendo investigación privada: te está proponiendo un delito cuyas consecuencias también podrían alcanzarte a ti. En Unipol trabajamos únicamente dentro de la ley, y precisamente por eso nuestros resultados sirven.

El valor procesal del informe: artículo 265 de la LEC

El informe de un detective habilitado no es un simple documento privado. La Ley de Enjuiciamiento Civil lo contempla expresamente: su artículo 265.1.5º permite acompañar a la demanda «los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes» en que la parte apoye sus pretensiones. Si la parte contraria impugna los hechos, el detective ratifica su informe ante el juez y declara como testigo cualificado: alguien que presenció los hechos de manera directa y profesional.

En la práctica, esto convierte al informe en una de las pruebas más sólidas que puede aportar un particular o una empresa en procedimientos de familia, laborales o civiles: desde acreditar una convivencia que extingue una pensión compensatoria hasta documentar una baja laboral fingida que fundamenta un despido procedente, o el entorno real de un menor en una disputa de custodia.

Tus derechos como cliente

  • Interés legítimo. Solo aceptamos encargos en los que el cliente acredita un interés legítimo (cónyuge, empleador, acreedor, arrendador…). Es un requisito legal y también tu garantía: la investigación nace bien fundada desde el primer día.
  • Confidencialidad y secreto profesional. La ley nos obliga a guardar riguroso secreto sobre tu identidad, tu encargo y los resultados. Nadie sabrá que has acudido a nosotros.
  • Protección de datos. Todo el tratamiento de información se realiza conforme al RGPD y a la LOPDGDD, con los datos limitados al fin de la investigación. Puedes consultar nuestra política de privacidad.
  • Contrato y presupuesto por escrito. Antes de empezar conoces el alcance del encargo y su coste cerrado, y al terminar recibes tu informe completo.

Cómo verificar la licencia de un detective

Antes de contratar a cualquier investigador, en Málaga o en cualquier otra provincia, haz esta comprobación de un minuto: pídele su número de habilitación (TIP) o de inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada. Con ese dato puedes dirigirte a la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional o a la Comisaría correspondiente y confirmar que la licencia existe y está en vigor. Un profesional legal te dará el número sin dudarlo; quien ponga excusas se está retratando. El nuestro, una vez más: RNSP 10.260.

¿Necesitas pruebas que de verdad valgan ante un juez?
Consulta gratuita y confidencial con detectives habilitados.

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